¿Por qué tanta controversia con la declaración “Fiducia Supplicans”? ¿Acaso la iglesia cambio su visión de los matrimonios? ¿Autorizo la iglesia la unión homosexual como valida?


Antes de comenzar te invito a que te pongas en la presencia de Dios y le pidas al Espíritu Santo que te guie, te hable y te muestre el mensaje que el tiene para ti a través de este artículo.

El magisterio de la iglesia por medio del Dicasterio para la Doctrina de Fe, promulgo una declaración llamada “Fiducia Supplicans” sobre el sentido pastoral de las bendiciones y a causado una gran discusión y controversia.  El propósito de este articulo no es de tomar un lado de la discusión o controversia, no es decir si estoy a favor o en contra de la declaración, el propósito es simplemente explicar que es la declaración, cuál es su propósito y como puedes entenderla o aplicarla en tu vida.

La controversia o discusión alrededor de la declaración es; ¿está la iglesia aprobando bendecir uniones irregulares y uniones homosexuales? ¿O ha cambiado la definición del matrimonio en la iglesia? La respuesta para ambas preguntas es simplemente NO.  La iglesia no ha cambiado la definición del matrimonio y tampoco aprueba la bendición de UNIONES irregulares o UNIONES para aquellos del mismo sexo. ¿Entonces que es lo que dice el documento o declaración? Te invito a que leas el documento primero con un corazón abierto al mensaje de Dios en el siguiente enlace: Fiducia Supplicans.

¿El documento empieza por explicar el porqué del documento, porque se promulgo? Nos dice que la razón principal por el cual se promulgo el documento es por que esta contestando o aclarando algunos puntos o preguntas referente a una “Dubia” ósea dudas presentada por cuatro cardenales al Santo Papa referente a bendiciones. Luego el documento procede a explicar lo que es una bendición matrimonial y que es un matrimonio. El documento reitera que el propósito de la declaración no es definir el matrimonio o la unión matrimonial en una forma diferente. Al contrario, el documento expresa y reitera lo que es el matrimonio en la iglesia:

“ La reciente respuesta del Santo Padre Francisco a la segunda de las cinco preguntas propuestas por dos Cardenales[4] ofrece la posibilidad de profundizar más en el tema, sobre todo en sus consecuencias de orden pastoral. Se trata de evitar que «se reconoce como matrimonio algo que no lo es».[5] Por lo tanto son inadmisibles ritos y oraciones que puedan crear confusión entre lo que es constitutivo del matrimonio, como «unión exclusiva, estable e indisoluble entre un varón y una mujer, naturalmente abierta a engendrar hijos»,[6] y lo que lo contradice. Esta convicción está fundada sobre la perenne doctrina católica del matrimonio. Solo en este contexto las relaciones sexuales encuentran su sentido natural, adecuado y plenamente humano. La doctrina de la Iglesia sobre este punto se mantiene firme.”[1]

Este párrafo nos describe claramente lo que la iglesia ve como el matrimonio, una unión exclusiva, estable e indisoluble entre un hombre y una mujer, abierta a la procreación. Pero más aun el párrafo nos dice claramente que ese punto o doctrina se mantiene firme.  En otras palabras, el propósito de este documento no es cambiar algo que es doctrina y está firmemente arraizado.

¿Entonces que es una bendición o porque se habla de bendecir a parejas?

La declaración continua por definir una bendición nos explica que hay dos formas de ver la bendición, que la bendición tiene una índole ascendiente, en el cual nosotros elevamos la bendición a Dios. Esto puede ser por medio de alabanzas, acción de gracias o intercesión, pero que también la bendición puede tener una índole descendiente.  Esto quiere decir que la bendición puede descender de Dios, para ayudarnos a cambiar, para reforzarnos o para darnos la gracia que necesitamos para seguir en la jornada de la vida.

Aparte de que la bendición puede ser ascendiente o descendiente, la declaración hace una diferencia entre una bendición litúrgica y una bendición espontanea o simple. Nos explica que una bendición litúrgica requiere lo que se bendiga este conforme a la voluntad de Dios.

“Desde un punto de vista estrictamente litúrgico, la bendición requiere que aquello que se bendice sea conforme a la voluntad de Dios manifestada en las enseñanzas de la Iglesia.”[2]

Por esta razón una unión irregular o de parejas del mismo sexo no se puede bendecir litúrgicamente

“Basándose en estas consideraciones, la Nota explicativa del citado Responsum de la entonces Congregación para la Doctrina de la Fe recuerda que cuando, con un rito litúrgico adecuado, se invoca una bendición sobre algunas relaciones humanas, lo que se bendice debe poder corresponder a los designios de Dios inscritos en la Creación y plenamente revelados por Cristo el Señor. Por ello, dado que la Iglesia siempre ha considerado moralmente lícitas sólo las relaciones sexuales que se viven dentro del matrimonio, no tiene potestad para conferir su bendición litúrgica cuando ésta, de alguna manera, puede ofrecer una forma de legitimidad moral a una unión que presume de ser un matrimonio o a una práctica sexual extramatrimonial. La sustancia de este pronunciamiento fue reiterada por el Santo Padre en su Respuestas a los Dubia de dos Cardenales.”[3]

Pero el documento nos expresa que aparte de una bendición litúrgica, también existen bendiciones simples o espontaneas. Estas son bendiciones que no se dan en una liturgia, sino que alguien la pide y un ministro ordenado la puede dar espontáneamente.  Estas bendiciones siempre se pueden dar a personas, lugares, objetos y cosas creadas, con el propósito de ayudar a que la persona u objeto dirija hacia Dios.

“Las bendiciones pueden considerarse entre los sacramentales más difundidos y en continua evolución. Ellas, de hecho, nos llevan a captar la presencia de Dios en todos los acontecimientos de la vida y recuerdan que, incluso cuando utiliza las cosas creadas, el ser humano está invitado a buscar a Dios, a amarle y a servirle fielmente.[7] Por este motivo, las bendiciones tienen por destinatarios las personas, los objetos de culto y de devoción, las imágenes sagradas, los lugares de vida, de trabajo y de sufrimiento, los frutos de la tierra y del trabajo humano, y todas las realidades creadas que remiten al Creador y que, con su belleza, lo alaban y bendicen.[4]

El propósito de la bendición es precisamente, ayudar a guiar hacia el camino de Dios.  Guiarnos y desafiarnos a ser mejores, por esta razón cuando nos acercamos a pedir o implorar por una bendición, estamos reconociendo que necesitamos de Dios. Esta es la razón por la cual el documento quiere aclarar que una bendición siempre se puede dar a un individuo que este implorando por ella.  Estas bendiciendo a la persona y pidiendo que Dios lo llene de gracia para poder seguir la jornada de la vida.

“Quien pide una bendición se muestra necesitado de la presencia salvífica de Dios en su historia, y quien pide una bendición a la Iglesia reconoce a esta última como sacramento de la salvación que Dios ofrece. Buscar la bendición en la Iglesia es admitir que la vida eclesial brota de las entrañas de la misericordia de Dios y nos ayuda a seguir adelante, a vivir mejor, a responder a la voluntad del Señor.[5]

Finalmente, el documento declara que se puede bendecir a parejas irregulares o parejas en relaciones del mismo sexo y esto es lo que está causando discusión y confusión.

“En el horizonte aquí delineado se coloca la posibilidad de bendiciones de parejas en situaciones irregulares y de parejas del mismo sexo, cuya forma no debe encontrar ninguna fijación ritual por parte de las autoridades eclesiásticas, para no producir confusión con la bendición propia del sacramento del matrimonio. En estos casos, se imparte una bendición que no sólo tiene un valor ascendente, sino que es también la invocación de una bendición descendente del mismo Dios sobre aquellos que, reconociéndose desamparados y necesitados de su ayuda, no pretenden la legitimidad de su propio status, sino que ruegan que todo lo que hay de verdadero, bueno y humanamente válido en sus vidas y relaciones, sea investido, santificado y elevado por la presencia del Espíritu Santo. Estas formas de bendición expresan una súplica a Dios para que conceda aquellas ayudas que provienen de los impulsos de su Espíritu – que la teología clásica llama “gracias actuales” – para que las relaciones humanas puedan madurar y crecer en la fidelidad al mensaje del Evangelio, liberarse de sus imperfecciones y fragilidades y expresarse en la dimensión siempre más grande del amor divino.”[6]

Si analizamos la declaración podemos concluir que el documento nos insta a bendecir personas que están en relaciones son parejas irregulares o del mismo sexo.  En otras palabras, el documento nos dice que podemos y debemos bendecir a personas o individuos que se acerquen con deseo de recibir una bendición. Esta bendición no puede ser litúrgica o tener la semblanza de un rito o de contradecir lo que la iglesia conoce como el matrimonio.  La bendición simple o espontanea que se ofrece es a la persona o al individuo y tiene la petición de que Dios ilumine, guie, fortalezca y llene de gracia actual a la persona pidiendo la bendición.  La bendición no es a la unión irregular o la unión de parejas del mismo sexo, la bendición es a la persona, en la declaración se titula parejas irregulares o homosexuales por que el artículo, documento o declaración quiere aclarar que, aunque la persona se encuentre como pareja, en una unión irregular o una unión homosexual, la persona/individuo puede recibir una bendición la cual no sería una bendición a la UNION sino a la persona.

Nuevamente la declaración no esta cambiando dogmas o cambiando el significado del matrimonio en la iglesia, la declaración tiene el propósito de aclarar unas preguntas recibidas por medio de unas “Dubias” y expresar que una bendición simple/espontanea no debe ser negada a ningún individuo.  Hay que recordar que la bendición no es a la UNION de la pareja, sino al miembro de la pareja.

Bendiciones


[1] Fernandez, Victor Manuel, Fiducia Supplicans, Dicasterio de La Doctrina de La Fe, Diciembre 18, 2023; https://www.vatican.va/roman_curia/congregations/cfaith/documents/rc_ddf_doc_20231218_fiducia-supplicans_sp.html (4)

[2] Ibid (9)

[3] Ibid (11)

[4] Ibid (8)

[5] Ibid (20)

[6] Ibid (31)

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